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Lunes 25 de Abril de 2011 12:15

Mar del Plata es desde hoy una ciudad libre de humo de cigarrillo

Desaparecen los espacios para fumadores y sólo se podrá fumar al aire libre. También se prohíbe encender tabaco en los bingos, casinos y taxis. La idea es preservar a los fumadores pasivos. Quienes no cumplan deberán pagar multas.

A partir de hoy, Mar del Plata será una ciudad libre de humo de cigarrillo ya que se prohíbe fumar en “todos los espacios cerrados con acceso público en el Partido de General Pueyrredon”. La ordenanza municipal lleva el número 20.104, su autor es el concejal Ricardo Palacios, y quienes no la cumplan deberán pagar multas.

Debido a la nueva ley, en los bares y restaurantes desaparecerán los espacios para fumadores y sólo se podrá echar humo en las mesitas ubicadas en el exterior de los comercios. Tampoco se podrá fumar en transportes públicos como los taxis.

De acuerdo a la nueva reglamentación, se consideran espacios cerrados a “aquellos lugares donde se ejerza algún tipo de actividad comercial, recreativa, cultural o deportiva, administrativa, financiera y educativa”.

En ese sentido, la prohibición resulta abarcativa para los lugares de trabajo; restaurantes, bares, confiterías, casas de lunch; lugares en que se brinde el servicio de utilización de computadoras y/o conexión a internet, con o sin el servicio de cafetería anexo, habitualmente conocido como “cyber”; salas de recreación; salas de casinos, bingos y salas de juegos privados, provinciales y municipales; shoppings o paseos de compras cerrados; salas de teatro, cine, o complejos de cines y otros espectáculos públicos que se realizan en espacios cerrados; centros culturales; salas de fiestas de acceso público en general; cabinas telefónicas, recintos de cajeros automáticos y otros espacios de uso público de reducido tamaño; instituciones deportivas y gimnasios; estaciones terminales y/o de trasbordo de ómnibus; los medios de transporte terrestres de pasajeros de corta, media y larga distancia; estaciones de transporte marítimo; los medios de transporte de navegación; aeropuertos y/o zona de trasbordo aéreo; los medios de transporte o de recreación marítimo.

Asimismo, la prohibición es “absoluta en los espacios abiertos y cerrados de los establecimientos de salud públicos y privados y los educativos privados, municipales, provinciales y nacionales situados en la ciudad”.

Fuente: La Capital